A primera vista se podría
considerar que esta pregunta tiene una respuesta fácil de contestar, como
veremos es más compleja de lo que puede parecer en un principio.
Recientemente, el Tribunal
Europeo de Derechos Humanos (TEDH), dictó un fallo en donde da la razón a la
Ley francesa de 2010, que prohíbe el uso del velo integral en los espacios
públicos. Para el TEDH no se trata de una cuestión religiosa, sino que el burka
no encaja en la cultura occidental. Una mujer paquistaní arrestada fue quién
llevo el caso a este tribunal, desde Estrasburgo se alegó que no vulneraban
derechos “su fe, su cultura y sus convicciones personales”, por no permitirle
esa prenda, “no te están prohibiendo profesar una religión, simplemente te están
limitando el uso de una prenda que impide tu identificación”.
Ahora, hay que comprender
que no todos los velos islámicos se reconocen de la misma manera, todos ellos
de carácter tradicional guardan entre sí claras diferencias. Por ejemplo, el
burka cubre completamente la cabeza y el cuerpo, con una rejilla tan sólo en
los ojos. El Niqab, de un carácter análogo, sólo deja visible la apertura de
los ojos. Guardan similitud, sin embargo, el Hidjab y el Chador, que cubren
cabellos, orejas y cuello y dejan visible el rostro. Aunque existen otros tipos
de velos islámicos la polémica se centra en el Niqab y sobretodo en el burka,
al no permitir la identificación de la persona que lo lleva puesto.
Si las leyes en Francia,
Bélgica o desde algunos ayuntamientos catalanes se dirigen a la prohibición de
este tipo de vestimenta en la mujer, también hay otros puntos de vista
diferentes, que alude otras razones bien distintas. Para Human Rights, es decepcionante que el
TEDH avale la prohibición de la utilización del velo integral en espacios
públicos, considerándolo como una discriminación a la mujer musulmana.
Human Rights expone que
con ello se socava la libertad de culto y de expresión de las mujeres, “la
mujer en Francia y en cualquier lugar del mundo deberían ser libres de vestir
como quieran”, con la capacidad de decidir si llevan el velo integral o no
quieren llevarlo. Sin que por ello esta organización (una de las organizaciones
más prestigiosas en la defensa de los derechos humanos), haya dejado de
manifestarse con claridad en contra de países como Afganistán o Arabia Saudí,
por la obligación de cubrirse a las mujeres la cara o el pelo.
Ahora bien, es necesario “mojarse”,
porque sí hasta ahora, a través de estas breves pinceladas, se ha mostrado distintos puntos de vista,
quedaría huero si no expreso mi opinión personal, aunque entienda que pueda
recibir críticas por ello.
Ya que si los derechos
humanos los interpretamos en conformidad con la Declaración Universal de los
Derechos Humanos y el resto de Declaraciones y Tratados, elaborados a
posteriores que la desarrollan, es manifiesto que todas las personas tienen
derecho a elegir la religión y creencias que deseen, a tener distintas lenguas
y formas de pensar, sin que por ello no se reconozca la igualdad entre hombres
y mujeres, que conlleva mostrarse de acuerdo en que todas las personas tienen
los mismos derechos. Entonces ¿Por qué hay Estados, familias, en donde la mitad
de sus miembros no pueden salir a la calle con la cara, pelo y cuello
descubierto?.
Es obvio que la mujer
tiene derecho a elegir la vestimenta que le parezca adecuada, también, bajo mi
punto de vista, es necesario ejercer la libertad en igualdad de condiciones y
educar para que ello sea de esa forma.
Así llegamos a la
conclusión, que es a donde quería llegar. A pesar del TEHD, de esta institución
europea de mucho prestigio, que no entra a fondo en la cuestión, porque su
sentencia se centra prioritariamente, al igual que las leyes de prohibición, en
la seguridad. Con ello no pretendo argumentar que no sea lícito, de hecho las
Declaraciones no sólo se expresan en el derecho de vivir en la libertad,
también con seguridad, aunque no debería olvidarse que términos como el derecho
a decidir en contrapartida con la igualdad, quedan en un segundo plano, y que, por
lo tanto, la perspectiva de una defensa de derechos se diluye.
Añadiendo, en el momento
que escribo, la tristeza e indignación porque el conflicto palestino-israelí
lleva consigo la muerte de casi 1000 civiles palestinos, desde inicio de julio, entre ellos una cuarta parte de
niños, ninguna institución europea, ni estado miembro ha tenido una respuesta
contundente para ello, obviamente de carácter diplomático y económico, que
hiciera un merecido esfuerzo para evitar este genocidio. Golpeamos con fuerza,
por motivo de seguridad, el libre albedrío de mujeres por su forma de vestir,
sin que por ello no se defienda que las personas pueda dejar al viento su cara,
su cuello y su pelo…, es que es tan triste que veamos impasibles la muerte de
centenares de niños.
De modo, que para terminar
definitivamente, perdónenme que haga uso del tema de los romanos, tema que este
año ha sido recurrente en mi vida, recordando aquel dicho que decía: “aquí ha
pasado lo de siempre: que han herido a un romano y han matado a cuatro
cartagineses”, claro está mientra estemos dentro de los romanos y no nos veas
como cartagenises, es fácil decir con orgullo que Europa camina a un paso
decidido hacia la libertad.
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